ECVC: Más de 15 años de lucha por el reconocimiento del campesinado dentro del sistema internacional de derechos humanos
Artículo de la Coordinadora Europea Via Campesina
(Bruselas, 4 de Agosto de 2016) El proceso para el establecimiento de una declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de campesinas y campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales busca crear un instrumento dentro del sistema internacional de derechos humanos que permita mejorar la promoción y la protección de sus derechos y visibilizar las amenazas y la discriminación que vive el campesinado y la población dedicada a la producción de alimentos a pequeña escala en todo el mundo.
El proyecto actual de la declaración está en curso de negociaciones en el seno del grupo intergubernamental de trabajo a composición abierta, que hace parte del Consejo de Derechos Humanos de la ONU en Ginebra y que fue creado en septiembre del 2012 mediante la resolución 19/21.
La tercera sesión del grupo de trabajo tuvo lugar entre el 17 y el 20 de mayo del 2016, con la embajadora de Bolivia ante la ONU, como presidenta – relatora del grupo en las tres sesiones desde el 2013. Decenas de representantes de hombres y mujeres de los movimientos de campesinos, pescadores, pueblos indígenas, pastores, pueblos nómadas y trabajadores rurales, junto con numerosas ONG y expertos en el tema, se reunieron para defender el actual texto ante los estados.
Cómo hemos llegado a la situación actual?
El texto de la declaración es el fruto del trabajo efectuado por La Vía Campesina (LVC) desde hace más de 15 años, apoyado por FIAN Internacional y el CETIM (Centre Europe Tiers Monde), junto con otros movimientos sociales y personas expertas y académicas. Este proceso se ha caracterizado por una estrategia única: lograr el reconocimiento de la declaración por parte de la ONU, espacio de gobernanza internacional del sistema de derechos humanos, basado en los desafíos y propuestas que emanan directamente de los movimientos campesinos de base.
2000-2004: El SPI (Serikati Petani Indonesia), sindicato indonesio, miembro de LVC, establece los primeros contactos en Ginebra, a fin de buscar el reconocimiento y la institucionalización de los derechos del campesinado.
2004-2008: La Vía Campesina y FIAN elaboran tres informes sobre violaciones a los derechos de campesinas y campesinos y los presentan ante la Comisión de Derechos Humanos en el 2004, 2005 y 2006. La Vía Campesina trabaja paralelamente en la redacción de una declaración con un grupo de trabajo interno sobre derechos humanos, conformado por delegados y delegadas de todas las regiones. En junio del 2008 se celebra en Yakarta la Conferencia Internacional de Derechos Campesinos, con la participación de más de un centenar de representantes de las organizaciones que conforman La Vía Campesina en todo el mundo y de un millar de miembros del SPI. Se redacta la primera declaración sobre los derechos de campesinas y campesinos y se presenta ante la V Conferencia Internacional de La Vía Campesina en Maputo en octubre del 2008, para posteriormente ser validada por sus líderes en marzo del 2009.
2008-2012: Durante la crisis alimentaria, la Asamblea General de la ONU en Nueva York y el Consejo de Derechos Humanos en Ginebra interrogan a líderes de La Vía Campesina sobre las medidas que propone el movimiento campesino para paliar la situación. LVC responde en ambas ocasiones con la Declaración sobre Derechos de Campesinas y Campesinos como una herramienta esencial en la lucha contra el hambre y la discriminación de la población rural en todo el mundo. En el 2009, el Consejo de Derechos Humanos otorga el mandato a el Comité Asesor para llevar a cabo un estudio sobre la discriminación en el contexto del derecho a la alimentación. En marzo del 2012, el Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos presenta el Estudio sobre la promoción de los derechos de los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales. El Comité recomienda al Consejo de Derechos Humanos establecer un nuevo mandato para procedimientos especiales para fortalecer la promoción y protección de los derechos de los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales y elaborar un instrumento internacional. La Declaración sobre los derechos de los campesinos que se presenta, adoptada por el Comité Asesor e inspirada en gran parte en la declaración de LVC, pretende ser un modelo para este instrumento. En septiembre del 2012, el Consejo, compuesto por 47 estados miembro, adopta la histórica resolución 21/19 que establece el primer grupo de trabajo intergubernamental con el mandato de negociar, concluir y presentar una Declaración de la ONU sobre los derechos de los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales, con 23 votos a favor, 9 en contra y 15 abstenciones.
2013 -2017: La primera sesión del grupo de trabajo se lleva a cabo en julio del 2013, con la primera lectura del texto de la declaración propuesto por el Comité Asesor y un debate entre los numerosos países participantes bajo la fuerte presión de los países industrializados que desafían el mandato de redactar una elaboración de este tipo. Esta primera sesión concluye con la recomendación de elaborar un nuevo texto para la segunda sesión. En junio del 2014, la resolución 26/26 fue adoptada mediante 29 votos a favor, 5 en contra y 13 abstenciones para prorrogar el mandato para realizar un segundo grupo intergubernamental de trabajo, que tuvo lugar a su vez en febrero del 2015. La tercera resolución sobre este proceso, 30/13 fue adoptada con esta vez 31 votos a favor, 1 en contra y 15 abstenciones, que sirvió para confirmar el seguimiento a las negociaciones en el 2016 y 2017. La tercera sesión del grupo de trabajo intergubernamental se desarrolla en mayo del 2016 con la segunda lectura del nuevo proyecto de declaración presentado por la embajadora de Bolivia. Aunque muchos de los países en el norte global continúan rechazando la adopción de este instrumento, se comienzan a abrir vías de diálogo. La postura de la Unión Europea (UE) evoluciona lentamente y por la primera vez aceptan, en las conclusiones del informe, que hay una preocupación por quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad. Esta sesión ha sido marcada por la fuerte presencia y apoyo de otras organizaciones de productores y productoras a nivel mundial como el Foro Mundial de Pueblo Pescadores (WFFP), la Alianza Mundial de Pueblos Indígenas Móviles (WAMIP), el Consejo Internacional de Tratados Indios (CITI), la Red de Organizaciones Campesinas y de Productores Agrícolas del Oeste de África (ROPPA), la Unión Internacional de Trabajadores de la Alimentación, Agrícolas, Hoteles, Restaurantes, Tabaco y Afines (UITA) y la Federación Internacional de Movimientos de Adultos Rurales Católicos (FIMARC) entre otros. Estas organizaciones junto con La Vía Campesina han realizado en esta tercera ronda de negociaciones un total de 64 intervenciones en comparación a las 5 hechas en la primera sesión en el 2013, lo que demuestra el aumento de la participación de los movimientos sociales en las negociaciones de la declaración. La sesión ha concluido con la recomendación de elaborar una revisión del texto que deberá presentarse antes del próximo grupo de trabajo en mayo del 2017.
Cuáles son las posiciones que defendemos?
Aproximadamente el 80% de la población mundial que sufre de hambre vive en las zonas rurales. Actualmente, el 50% de éstas personas se dedican a la agricultura campesina y el 20% son familias sin tierra que sobreviven en arriendo o como trabajadoras y trabajadores rurales mal remunerados. No menos del 70% de este renglón de la población son mujeres que trabajan principalmente en la agricultura.1 Las principales causas ligadas a esta latente discriminación y vulnerabilidad se encuentran en estrecha relación con las luchas fundamentales e históricas de La Vía Campesina. Por esta razón, defendemos -entre otros, los siguientes derechos:
El derecho a la tierra y a los recursos naturales, incluido el derecho a utilizar las tierras que no se encuentran en producción, el reconocimiento de la función social de la tierra, la regulación de los actores no estatales y las obligaciones extraterritoriales de los Estados, el “territorio”, los procesos de reforma agraria, la limitación o prohibición de grandes concentraciones excesivas de la propiedad, la obligación por parte del Estado de dar prioridad al campesinado y quienes producen alimentos a pequeña escala al acceso de tierras públicas, la creación de un patrimonio agrícola público inalienable, la supresión de la discriminación en el acceso a la tierra y la creación de zonas/reservas campesinas.
El derecho a un ingreso digno y a medios de subsistencia decentes, incluido el derecho a un nivel de vida suficiente; la obligación de los Estados de: reglamentar los mercados, prohibir el dumping y los monopolios comerciales, mantener precios justos y remunerativos para la producción agrícola, proteger el acceso a los mercados, la venta directa, la producción, intercambio y la transformación artesanal de los productos campesinos con base en normas diferenciadas y adaptadas; la compra y venta de la producción campesina con precios justos, el derecho a determinar los precios y el mercado de obligaciones de la producción agrícola de los Estados con el fin de asegurar la estabilidad del empleo e ingresos suficientes.
El derecho a las semillas y a la biodiversidad, incluido el derecho de campesinas y campesinos de utilizar, cultivar, reutilizar, conservar, desarrollar, intercambiar, transportar, otorgar y vender sus semillas; de rechazar las patentes sobre las semillas y la biodiversidad; la obligación de los Estados de: promover y apoyar bancos de semillas campesinos y su conservación in situ, de prohibir los transgénicos y de limitar la utilización de las semillas industriales, de respetar las obligaciones territoriales con referencia específica a la regulación del desarrollo de actores no estatales como corporaciones transnacionales; de aplicar estas disposiciones a la reproducción animal.
El derecho a la soberanía alimentaria, incluido el derecho a un modelo de desarrollo donde campesinos y campesinas puedan escoger los modos de producción, distribución y consumo de alimentos de una manera que valorice y mejore las condiciones sociales y el trabajo en el seno de sistemas agrícolas y alimentarios. Dentro de este modelo de desarrollo, el campesinado tiene el derecho a participar en la dirección de los bienes comunes y en el diseño de políticas públicas a fin de reglamentar de una mejor manera los mismos sistemas.
Los derechos de las mujeres rurales incluida una perspectiva substantiva de género; las obligaciones de los Estados para tomar medidas que prohíban la discriminación, de jure y de facto, hacia las mujeres rurales; garantizar el acceso a la tierra, a las semillas,al agua, a los recursos naturales, créditos, participación en la concepción de políticas rurales y de ayuda al sector rural, con el fin de evitar la feminización de la inseguridad y de la pobreza rural.
El derecho a la justicia y a la libre asociación, incluidas medidas para detener la represión y la criminalización de las organizaciones y sindicatos campesinos.
La definición del campesinado, y de otras personas trabajadoras en las zonas rurales, incluyendo la referencia a la práctica de la agricultura campesina, la relación especial con la tierra y el territorio, no solamente de naturaleza económica, sino también cultural y social; la agricultura campesina practicada como fundamento de la agricultura familiar.
Cuáles son las posiciones que adoptan los países de la UE?
Al comienzo del proceso de negociación, la Unión Europea se ilustró como un bloque que se negaba a entrar en las discusiones de un instrumento de este tipo, junto a los Estados Unidos y otros países industrializados. Contrariamente al conjunto de las declaraciones de los Estados a nivel regional pertenecientes a América Latina y Caribe, Asia y África que se han mostrado receptivos al proceso, una parte de la UE sigue sin estar a favor de esta declaración puesto que estima que no son necesarias nuevas normas internacionales y niegan el reconocimiento del campesinado como sujeto político y titular de derechos. Dentro de esta perspectiva, la UE no otorga ningún valor a la relación intrínseca e histórica entre aquellas personas que producen alimentos para su subsistencia y la de sus comunidades y la gestión, conservación y preservación de la naturaleza y de la biodiversidad. Estas visiones son inseparables dentro del modelo campesino pero divisibles en una lógica de explotación, mercantilización y privatización de los recursos naturales con la consecuente espiral de violencia que se deriva de esta visión. La Unión Europea no reconoce tampoco la vulnerabilidad sistemática de campesinos y campesinas en el seno de un sistema económico que tiene como pilares el libre comercio y la concurrencia.
Sin embargo, la postura común evoluciona poco a poco, pasando del rechazo de todos los países de la Unión Europea en la votación de la primera resolución en el 2012 a una postura de abstención generalizada en el 2015, todo esto como resultado excepcional de la movilización de las organizaciones de la Coordinación Europea Vía Campesina junto con los aliados. Hasta ahora, sin embargo, la voluntad de ciertos Estados de involucrarse de una manera más positiva no ha sido efectiva y desafortunadamente constatamos que después de tres años de debates, ningún país de la Unión Europea ha incluido esta cuestión en sus agendas internacionales en materia de derechos humanos. España, Portugal, Luxemburgo e Irlanda han sido los países más receptivos a las reivindicaciones de las organizaciones campesinas y han compartido nuestras preocupaciones, declarando en repetidas ocasiones que pueden estar favorables a este instrumento en favor de los derechos de campesinas y campesinos y otras personas trabajadoras del medio rural. Otros como Austria, Alemania, Italia y Holanda continúan a tener reservas pero se han mostrado motivados para avanzar en las discusiones. El Reino Unido, por el contrario, permanece el país que más ha atacado la Declaración. Los gobiernos europeos, en general, deben aún comprender que en Europa existen cientos de miles de personas que consagran sus vidas y tienen sus medios de subsistencia basados en el cultivo de alimentos a pequeña escala, la conservación de las semillas tradicionales, los mercados locales, la transformación artesanal de los alimentos, el mantenimiento de los bosques, los recursos acuáticos, la pesca artesanal y sostenible, la trashumancia y la ganadería extensiva y que entre sus principales objetivos está el mantenimiento de los territorios de manera sostenible. Pero sus derechos no son respetados y la mayoría de las veces se ven vulnerados desde una visión del mundo basada en la explotación, el lucro, la privatización y el expolio.
El desafío se centra en la preservación de nuestra población rural, de los conocimientos ancestrales, de las prácticas agroecológicas, de un modo de vida campesino basado en la dignidad. Este modelo es atacado por la lógica dominante del mercado, de la represión y la criminalización social, del desmantelamiento de las reglamentaciones públicas en materia agrícola, del acaparamiento de tierras y de recursos y de la violencia generalizada hacia la naturaleza y las mujeres. A pesar de la reticencia de algunos países industrializados, los trabajos de este tercer grupo de trabajo reunidos en Ginebra han culminado con un apoyo global al proceso por parte de los Estados presentes. La próxima etapa será el cuarto grupo de trabajo que se llevará a cabo en la primavera del 2017.
Nos encontramos ya en preparación de varias fechas claves para movilizar los Estados y los organismos intergubernamentales así como en la organización de sendas actividades programadas con las organizaciones campesinas y otras alianzas. Desde acá y hasta la próxima fecha del grupo de trabajo, es muy importante que podamos continuar el trabajo de promoción de la declaración y de movilización ante nuestros gobiernos nacionales, en Ginebra, en Bruselas y en todas aquellos espacios donde sea importante dar a conocer esta importante y decisoria iniciativa.
He aquí una lista no exhaustiva con los enlaces y partenariados donde se halla más información sobre los temas de la Declaración:
http://www.ohchr.org/EN/HRBodies/HRC/RuralAreas/Pages/3rdSession.aspx/ El sitio oficial de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los derecho humanos en relación a los grupos de trabajo sobre el tema de la Declaración de la ONU sobre los Derechos de Campesinas y Campesinos y otras personas trabajadoras en las zonas rurales. Se encuentran todos los documentos oficiales de las tres sesiones: resoluciones, intervenciones, conclusiones, fuentes, etc. . EN, FR, ES, ALL, CH, RU
www.viacampesina.org / Leer los comunicados de prensa y todos los artículos relacionados con derechos campesinos en todas las regiones. Se encuentran las versiones de la Declaración de La Vía Campesina del 2009. ES, FR, EN
https://defendingpeasantrights.org/ es un blog que permite dar mayor visibilidad al conjunto creciente de conocimientos en relación a la defensa de los derechos de campesinos y campesinas en el mundo entero. Es un espacio que recoge los diferentes tipos de materiales y de recursos como: declaraciones, documentos y estudios afirmando los derechos de campesinos y campesinas; derechos constitucionales, leyes y políticas nacionales existentes; decisiones de tribunales para proteger los derechos campesinos; opiniones de personas expertas juristas y trabajos académicos; tratados y declaraciones de la ONU, principios y directivas que reconocen estos derechos. EN
http://www.fian.org/fr/notre-travail/thèmes/droits-des-paysans/ FIAN apoya continuamente el trabajo desarrollado por La Vía Campesina en relación con la declaración. Han publicado una serie de notas de análisis sobre los derechos de campesinos y campesinas y han realizado un video en varios idiomas que explica el proceso de la declaración. ES, EN, FR
http://www.cetim.ch/des-droits-pour-les-paysans/ está comprometido desde hace numerosos años en favor de una mayor protección y promoción de los derecho del campesinado, hombro a hombro con La Vía Campesina y FIAN. Han publicado una serie de documentos sobre el derechos a la tierra, los derechos económicos, sociales y culturales y los derecho civiles y políticos. ES, FR, EN
http://www.geneva-academy.ch/academy-publications/academy-in-briefs/ Esta institución académica organiza cada año varias formaciones y seminarios sobre las cuestiones claves de la Declaración. Han publicado un informe sobre el proceso de la declaración y un documentos sobre las semillas.
Sandra Moreno Cadena – hace parte del SOC – SAT, Sindicato Andaluz de Trabajadoras y Trabajadores / Coordinación Europea Vía Campesina y participa en el proceso de la declaración representando a La Vía Campesina desde el 2013.