Los lobbies corporativos impulsan la expansión del alcance del Tratado Vinculante a “todas las empresas comerciales”: Por qué es problemático
La Campaña Global para Recuperar la Soberanía de los Pueblos, Desmantelar el Poder Corporativo y Detener la Impunidad (también conocida como la Campaña Global) ha publicado un documento de posicionamiento sobre los esfuerzos de los lobbies corporativos para expandir el alcance del futuro Instrumento Vinculante Legalmente (IVL) sobre las Corporaciones Transnacionales y los Derechos Humanos.
El documento argumenta que la expansión propuesta para incluir “todas las empresas”—incluidas las empresas estatales sin carácter transnacional—socavaría gravemente la efectividad del futuro instrumento, permitiendo que las corporaciones transnacionales (CTN) desvíen sus responsabilidades y eviten las responsabilidades transfronterizas. No debería sorprendernos que los actores principales que están impulsando esta expansión del alcance sean los sectores corporativos, los gobiernos del Norte Global y algunos países del Sur Global alineados con las posiciones del Norte Global.
Es importante señalar que la Resolución 26/9 de la ONU, adoptada por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en 2014, solicitó la “elaboración de un instrumento internacional vinculante en relación con las corporaciones transnacionales y otras empresas comerciales en cuanto a derechos humanos.” La resolución encargó la creación de un Grupo de Trabajo Intergubernamental Abierto, encargado de reunirse anualmente para redactar una propuesta.
La referencia a “otras empresas comerciales” en la Resolución 26/9 se aclara en una nota al pie, que define a estas empresas como aquellas con un carácter transnacional en sus actividades operativas, excluyendo a las empresas locales registradas según la legislación nacional pertinente. Así, “otras empresas comerciales” se refiere a los componentes de las cadenas globales de valor y producción controladas por las CTN, excluyendo específicamente a las empresas que operan exclusivamente dentro de las fronteras nacionales y que no forman parte de estas cadenas.
Sin embargo, para frustración de los gobiernos del Sur Global, en 2019, la presidencia del Grupo de Trabajo Intergubernamental presentó un borrador revisado del tratado, extendiendo de manera inesperada y arbitraria su alcance para incluir todas las empresas comerciales—empresas estatales (EE) y pequeñas y medianas empresas (PYME) que no tienen características transnacionales ni actividades transfronterizas. En marzo de 2023, la presidencia incluso intentó detener todas las discusiones, una vez más, ignorando el carácter democrático del proceso.
¿Por qué sería problemático expandir el alcance?
El documento de posicionamiento argumenta que ampliar el alcance del instrumento vinculante para abarcar “todas las empresas comerciales” o “todas las empresas y todas las actividades comerciales” es una estrategia clave empleada por los lobbies corporativos para evitar la responsabilidad por violaciones de derechos humanos.
Esta expansión permite a las corporaciones ejecutar una estrategia doble:
- El futuro instrumento no se centraría en la responsabilidad transfronteriza, debilitando sus disposiciones y permitiendo la regulación de todos los tipos de estructuras corporativas, incluidas aquellas que no son transnacionales.
- La responsabilidad seguiría siendo empujada hacia los eslabones más pequeños y débiles de las cadenas globales de valor y producción, típicamente las PYME o las empresas locales.
Irónicamente, estos mismos actores que abogan por la expansión del alcance son a menudo los que se oponen a regulaciones similares a nivel nacional o regional.
Al equiparar las corporaciones transnacionales con entidades que no tienen un carácter transnacional—como las PYME nacionales o las empresas estatales que operan exclusivamente dentro de sus fronteras—la implementación del instrumento enfrentaría importantes dificultades técnicas. Las obligaciones, directrices y mecanismos de cumplimiento serían ineficaces si se aplicaran a millones de empresas en todo el mundo, desde las CTN hasta las PYME e incluso cooperativas campesinas locales.
Es importante aclarar que estos argumentos no sugieren que las PYME o las empresas estatales que operan exclusivamente a nivel nacional no puedan violar los derechos humanos. Cuando ocurren violaciones dentro de las actividades domésticas de dichas empresas (es decir, aquellas que no forman parte de la cadena de valor de una CTN), deben abordarse bajo la legislación nacional. Los Estados tienen la autoridad para regular a las empresas que operan únicamente dentro de su territorio, mientras que las CTN explotan sus estructuras complejas para evadir regulaciones nacionales.
Las CTN operan a una escala cada vez más descentralizada y fragmentada, con cadenas globales de valor y producción extendidas por múltiples países. Se estima que el 80% del comercio internacional ocurre dentro de estas cadenas, conocidas como “de-territorialización”. Este proceso representa un desafío significativo para la gobernanza global, ya que los sistemas económicos están cada vez más fragmentados y controlados por las CTN. Además, estas cadenas globales suelen ser opacas, y las relaciones comerciales son difíciles de rastrear.
Las empresas matrices y los holdings suelen estar domiciliados en “países desarrollados.” Cuando ocurren violaciones en “países en desarrollo” a lo largo de las cadenas globales de valor, estas empresas suelen lograr evitar los sistemas legales nacionales. Los acuerdos bilaterales, los marcos regulatorios débiles, la falta de transparencia y la ausencia de recursos (por ejemplo, representación legal, apoyo financiero) para las comunidades afectadas dificultan que las personas impactadas busquen justicia a través de los tribunales nacionales.
Las CTN no funcionan como una única entidad legal. Sus estructuras son extremadamente complejas, con múltiples filiales y contratistas registrados en diversas jurisdicciones alrededor del mundo. Los sistemas legales nacionales, en general, no están equipados para abordar estos problemas transnacionales, y actualmente no existen mecanismos internacionales específicamente establecidos para manejar reclamaciones legales o hacer cumplir sentencias relacionadas con actividades corporativas en terceros países.
Por eso, los movimientos sociales han llamado a crear un instrumento vinculante específico que pueda abordar las violaciones de derechos humanos perpetradas por las CTN. A través de estrategias de cabildeo y manipulación, los intereses corporativos están tratando de descarrilar este proceso. El impulso por expandir el alcance del instrumento es una táctica más para abrumar y socavar la efectividad de este futuro instrumento.
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